Prórroga del plazo previsto en el artículo 7° de la Ley N° 10281 -Seguridad Eléctrica (Prórroga del plazo previsto en el artículo 7° de la Ley N° 10281 -Seguridad Eléctrica) Provincia de Córdoba
Prórroga del plazo previsto en el artículo 7° de la Ley N° 10281 -Seguridad Eléctrica Provincia de Córdoba
- Artículo 1. Prorrógase hasta el día 1 de diciembre de 2021 el vencimiento del plazo...
- Artículo 2. Suspéndense hasta el día 1 de diciembre de 2021 las obligaciones emergentes...
- Artículo 3. Los municipios, comunas y reparticiones públicas deben presentar ante la...
- Artículo 4. Los particulares encuadrados en el artículo 2°, inciso b) acápite 1) de...
- Artículo 5. La presente Ley regirá a partir de su publicación en el Boletín Oficial de...
- Artículo 6. Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial
Otras regulaciones
Aprobación del Convenio para la efectiva implementación de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible Programa de Fortalecimiento de la Solidaridad y Sostenibilidad del Sistema Previsional Modificación del radio municipal de la localidad de Noetinger, ubicada en el Departamento Unión Aprobación del Convenio Marco de Asistencia y Cooperación Recíproca Creación del Museo del Cuarteto Cordobés en el ámbito de la Agencia Córdoba Cultura Sociedad del EstadoMejores juristas
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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