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Promoción de la Cultura Tradicional Entrerriana Artículo 28 Provincia de Entre Ríos


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Promoción de la Cultura Tradicional Entrerriana Entre Ríos
Artículo 28.

A los efectos de proteger a los Jinetes y a los Reservados, las disposiciones de los Reglamentos de las Comisiones Organizadoras de Domas y Jineteadas deberán contener, a modo enumerativo y no excluyente las siguientes normas:

a) El tiempo máximo en las categorías de jineteada, Bastos y Encimera y Grupa serán de 12 segundos, y la categoría Crina Limpia 8 segundos.

b) Los Pigüelos deberán tener 8 cm para categoría en pelo y 4 cm para grupa y bastos y encimera.

c) En caso de que las Espuelas no tengan rodajas, el pigüelo debe ser punta roma, no debe tener ningún tipo de asperezas que pueda dañar el animal. En el caso que las Espuelas tengan rodajas, las mismas no deben tener menos de 10 cm. Queda absolutamente prohibido el uso de puntas afiladas.

d) Los rebenques serán de lonja ancha y simple, con un mínimo de cinco centímetros de ancho por 50 cm de largo; no se aceptarán rebenques con cola de arreador, cargados con trenzas o canastos.

e) Las grupas tendrán una longitud de 35 centímetros. Los bastos serán de uso corriente y las encimeras de cuero o suela y los estribos deberán ser de suelas y redondos.

f) Queda absolutamente prohibido el suministro de sicotrópicos, estimulantes o cualquier tipo de sustancia que estimulen el sistema neuromuscular del Reservado. Se realizarán estrictos controles antidoping sobre los Reservados, siendo responsables los tropilleros por la violación de esta norma.

g) Queda absolutamente prohibido para el Jinete el consumo de alcohol o cualquier sustancia estimulante en forma previa a realizar la monta.

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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