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Procedimiento laboral Artículo 17 Provincia de Río Negro


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Procedimiento laboral Río Negro
Artículo 17. ACREDITACION DE PERSONERIA

Los representantes acreditarán su personería desde la primera gestión que hagan en nombre de sus poderdantes.

Cuando invoque un poder general, podrá acompañarse una copia íntegra firmada por el apoderado o por el letrado patrocinante, con la declaración jurada sobre su fidelidad, responsabilizándose de cualquier falsedad o inexactitud. De oficio o a petición de parte, podrá intimarse la presentación del testimonio original para su confrontación por Secretaría.

En casos urgentes podrá admitirse la intervención en el juicio sin los instrumentos que acrediten la personería. Si estos no fueren presentados o no se ratificase la gestión dentro del plazo de treinta (30) días, será nulo todo lo actuado por el gestor y éste pagará las costas causadas, sin perjuicio de la responsabilidad por los daños ocasionados.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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