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Prevención, control y tratamiento de los trastornos alimentarios Artículo 6 Provincia de Salta


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Prevención, control y tratamiento de los trastornos alimentarios Salta
Artículo 6.

El Ministerio de Salud Pública coordinará con los Ministerios de Educación, Ciencia y Tecnología, y de Derechos Humanos y Justicia, o con los organismos que en el futuro lo reemplacen, y articulará acciones con las Universidades públicas y privadas radicadas en la provincia de Salta, respecto de:

a) La sistematización de la Educación Alimentaria Nutricional en el sistema educativo en todos sus niveles y modalidades, como así también de medidas que fomenten la actividad física y eviten el sedentarismo, y la promoción de un ambiente escolar saludable.

b) La implementación de parámetros alimentarios a fin de asegurar una ingesta alimenticia equilibrada en comedores escolares o comunitarios, respetando las particularidades de la cultura alimentaria local.

c) La capacitación de docentes, trabajadores sociales y de la salud, y demás operadores comunitarios, sobre la problemática alimentaria para detectar situaciones de vulnerabilidad y promover estrategias de orientación y/o derivación.

d) La realización de talleres y reuniones para dar a conocer a los padres y tutores, conductas, hábitos alimentarios y estilos de vida saludable.

e) El desarrollo de estrategias de detección de trastornos de la imagen corporal y su asistencia, con especial atención de adolescentes y jóvenes.

f) La organización de consejería en hábitos alimentarios saludables.

g) Las medidas necesarias a fin de que las instituciones educativas y sanitarias, cuenten con las comodidades y el equipamiento adecuado para el uso y asistencia de las personas que padecen obesidad.

h) Toda otra acción que asegure la prevención, control y tratamiento de los trastornos alimentarios.

Provincia de Salta Artículo 6 Prevención, control y tratamiento de los trastornos alimentarios
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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