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Prevención, control y tratamiento de los trastornos alimentarios Artículo 4 Provincia de Salta


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Prevención, control y tratamiento de los trastornos alimentarios Salta
Artículo 4.

Son objetivos básicos de las acciones de abordaje de los trastornos alimentarios, sin perjuicio de otros que se determinen por vía reglamentaria:

a) Instrumentar campañas informativas, con especial atención en niños y adolescentes, sobre sus aspectos clínicos, nutricionales, psicológicos y sociales, como así también, formas apropiadas e inapropiadas de su tratamiento.

b) Generar estrategias para la detección temprana de estas enfermedades.

c) Asegurar el derecho y promoción de la salud, y los derechos del consumidor.

d) Disminuir la morbimortalidad asociada con estas enfermedades.

e) Regionalizar las Guías Alimentarias para la Población Argentina, según los hábitos, costumbres y accesibilidad de los alimentos de cada región.

f) Fortalecer las actividades de investigación.

g) Promover en la comunidad espacios de reflexión y educación para contención de quienes padecen estas enfermedades.

h) Formular acciones tendientes a eliminar la discriminación y la estigmatización en el ámbito social, laboral y educacional, frente al padecimiento de los trastornos alimentarios.

i) Desarrollar actividades de difusión para instruir a la población sobre hábitos alimentarios saludables, adecuados a cada etapa de crecimiento, y concientizar sobre los riesgos que ocasionan las dietas sin control médico.

j) Generar servicios de consultoría de imagen corporal y su relación con la morfología y alimentación.

k) Diseñar y monitorear estudios evaluativos de estados nutricionales de individuos y de la población para identificar el riesgo nutricional.

I) Incorporar la actividad física y de movimiento como hábitos de vida saludables e incentivar la práctica de deportes en el sistema educativo.

m) Efectuar vigilancia epidemiológica nutricional de los trastornos alimentarios y enfermedades vinculadas.

Provincia de Salta Artículo 4 Prevención, control y tratamiento de los trastornos alimentarios
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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