Imprimir

Presupuesto general de gastos y recursos de la administración central y organismos descentralizados Artículo 11 Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Presupuesto general de gastos y recursos de la administración central y organismos descentralizados Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
Artículo 11.

De acuerdo a lo referido en el artículo 79 de la Ley provincial 495, la Tesorería General de la Provincia podrá emitir letras del Tesoro; u otros instrumentos crediticios, a los fines de cubrir deficiencias estacionales de caja.

Con respecto a estos instrumentos financieros, los mismos deben ser reembolsadas durante el mismo ejercicio financiero en que se emiten. De superarse ese lapso sin ser reembolsadas se transformarán en deuda pública y deben cumplirse para ello con los requisitos que al respecto se establecen en los artículos 13 y 14 de la presente. Los intereses que se devenguen por estas operaciones serán distribuidos por cada Jurisdicción o Poder que los origine, para su imputación presupuestaria y pago.

Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur Artículo 11 Presupuesto general de gastos y recursos de la administración central y organismos descentralizados - Ejercicio 2018
Artículo 1 ...9 10 11 12 13 ...40

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse