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Plan Castello Artículo 4 Provincia de Río Negro


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Plan Castello Río Negro
Artículo 4.

Se asigna el noventa por ciento (90%) de los recursos obtenidos como consecuencia del endeudamiento producto de la presente ley a financiar la ejecución de proyectos de infraestructura, según Anexo I de la presente, así como los gastos establecidos en el último párrafo del artículo 1º.

El restante diez por ciento (10%) estará dirigido a los municipios y a las comisiones de fomento de Río Negro que adhieran a la presente, según distribución secundaria en el marco de la ley N n° 1946, mediante la instrumentación de los respectivos convenios, y deberá ser destinado a la realización de obras de infraestructura y/o la adquisición de bienes de capital.

En caso de que los proyectos de municipios y comisiones de fomento convenidos no alcancen el porcentaje establecido en el párrafo anterior, los fondos podrán ser destinados a la financiación de proyectos de infraestructura a ser realizados por parte de la provincia, así como los gastos establecidos en el último párrafo del artículo 1°.



Provincia de Río Negro Artículo 4 Plan Castello
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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