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Órgano de revisión y promoción de derechos de los usuarios de los servicios de salud mental Artículo 13 Provincia de Santa Fe


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Órgano de revisión y promoción de derechos de los usuarios de los servicios de salud mental Santa Fe
Artículo 13. Equipos Interdisciplinarios. Funciones

Los equipos encargados de las intervenciones deberán estar conformados interdisciplinariamente, debiendo priorizarse quienes cuenten con específica capacitación en materia de salud mental, adicciones y derechos humanos.

En los equipos se deberá asegurar, también, la participación de profesionales del derecho, psicología, medicina, trabajo social, enfermería, terapia ocupacional y toda otra disciplina y/o profesión afín, cuya incorporación colabore al proceso, intervención y reinserción social, cultural, familiar y laboral de las personas afectadas en su salud mental.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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