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Nuevo régimen para empresas prestadoras de servicios de seguridad privada Artículo 25 Provincia de Córdoba


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Nuevo régimen para empresas prestadoras de servicios de seguridad privada Córdoba
Artículo 25. Registro Público de Prestadores

Créase en el ámbito de la Autoridad de Aplicación un Registro Público de Prestadores de Serviciosde Seguridad Privada, en el que se inscribirán obligatoriamente todos los prestadores con habilitación vigente para funcionar, incluidos los socios, directores, miembros de los órganos de fiscalización, gerentes, apoderados y toda otra persona que forme parte de una empresa de seguridad privada, y los elementos identificatorios aprobados enunciados en el artículo 24 de la presente Ley.

La Autoridad de Aplicación establecerá las restricciones respecto de aquella información que por su contenido deba mantenerse en adecuado resguardo.

Cualquier ciudadano puede acceder vía web al contenido de dicho Registro a fin de informarse en tiempo real si un prestador de servicios de seguridad privada está habilitado o inhabilitado para funcionar y si la indumentaria, distintivos y elementos que utiliza e identifican están aprobados por la Autoridad de Aplicación.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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