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Nueva Ley de Ministerios Artículo 29 Provincia de San Luis


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Nueva Ley de Ministerios San Luis
Artículo 29. DE LA SECRETARÍA DE ESTADO DE TRANSPORTE

ASÍGNASE a la SECRETARÍA DE ESTADO DE TRANSPORTE, las siguientes competencias:

1. Ordenar, sistematizar y reglamentar la organización del transporte de pasajeros y las distintas vías, rutas o caminos que se establezcan;

2. Organizar y controlar los servicios públicos de transporte, de las concesiones y permisos;

3. Proyectar y asegurar servicios permanentes, eficientes y económicos;

4. Desarrollar y coordinar los distintos servicios de transporte atendiendo a los intereses sociales, políticos, económicos y turísticos de la Provincia;

5. Autoridad de Aplicación de la Ley Nº VII-0587-2007 "Creación del Plan Transporte para Todos";

6. Autoridad de Aplicación de la Ley Nº VIII-0307-2004 (5685 *R) "Regulación del Transporte Automotor de Pasajeros en la Provincia de San Luis";

7. Diseñar políticas y sistemas de fiscalización en materia de servicio de transporte aéreo, terrestre y ferroviario en la Provincia de San Luis;

8. Controlar, gestionar y administrar el funcionamiento de las terminales de toda la Provincia;

9. Dirigir el Ente de Estación de Interconexión Regional de Ómnibus de San Luis (EDIRO).-

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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