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Marco regulatorio del uso racional de la fuerza y armas en la Policía Artículo 19 Provincia de Tucumán


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Marco regulatorio del uso racional de la fuerza y armas en la Policía Tucumán
Artículo 19.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS La Institución proporcionará capacitación y adiestramiento a los Integrantes en el Uso de la Fuerza de manera permanente y continua, focalizándose, entre otros, en los siguientes rubros:

I. Respeto y protección de los derechos de los ciudadanos;

II. Atención a grupos vulnerables;

III. Principios y niveles del Uso de la Fuerza;

IV. Conocimiento de la responsabilidad legal resultante, cuando se hace uso indebido de la fuerza;

V. Adiestramiento en el empleo de Armas intermedias y letales;

VI. Actuación policial en caso de detenciones y preservación del lugar de los hechos;

VII. Asistencia médica de emergencia a personas lesionadas;

VIII. Medios que puedan sustituir el Uso de la Fuerza, tales como técnicas de disuasión, negociación y solución pacífica de conflictos;

IX. Manejo de crisis y emociones y, X. Las demás que considere la Dirección General de Institutos e Instrucción de la Policía de Tucumán.



Provincia de Tucumán Artículo 19 Marco regulatorio del uso racional de la fuerza y armas en la Policía de Tucumán para la protección de la ciudadanía y la prevención del delito. Aprobación
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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