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Marco regulatorio del ejercicio profesional de la Psicopedagogía Artículo 12 Provincia del Chaco


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Marco regulatorio del ejercicio profesional de la Psicopedagogía Chaco
Artículo 12. Derechos

Son derechos del psicopedagogo:

a) Realizar los actos propios del ejercicio de la profesión con libertad científica dentro del marco legal.

b) Certificar las prestaciones o servicios que efectúen en forma totalmente autónoma, como también las conclusiones diagnósticas de las personas en consulta.

c) Efectuar interconsulta y/o derivaciones a otros profesionales de la salud cuando la naturaleza del problema de la persona que acude a la consulta así lo requiera.

d) Requerir de la entidad que representa a los psicopedagogos la defensa de sus derechos cuando sean desconocidos o menoscabados con motivo del ejercicio profesional.



Provincia del Chaco Artículo 12 Marco regulatorio del ejercicio profesional de la Psicopedagogía
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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


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