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Licencia excepcional por Coronavirus para el sector público Artículo 1 Provincia del Chaco


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Licencia excepcional por Coronavirus para el sector público Chaco
Artículo 1. Licencia Excepcional

Otórgase licencia excepcional a todas aquellas personas trabajadoras del sector público provincial, en los términos de artículo 4° de la ley 1092-A, con independencia de su situación de revista y de la modalidad de vinculación con el Estado Provincial, que hayan ingresado al país desde el exterior o hayan tenido contacto con pacientes sospechosos, probables o confirmados de COVID-19 -nuevo Coronavirus-, a efectos de que en forma obligatoria y o compulsiva en los caso de negativa manifiesta permanezcan en sus hogares y evitar la propagación del virus en la población, en un todo de acuerdo con lo dispuesto en las recomendaciones de los Ministerios de Salud de la Nación y de la Provincia del Chaco.



Provincia del Chaco Artículo 1 Licencia excepcional por Coronavirus para el sector público
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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