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Libro de quejas, agradecimientos, sugerencias y reclamos Artículo 6 Provincia del Neuquén


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Libro de quejas, agradecimientos, sugerencias y reclamos Neuquén
Artículo 6.

Son motivos suficientes -no excluyentes- para registrar una queja, agradecimiento, sugerencia o reclamo, en una entidad privada, los siguientes:

a) Tiempo de espera excesivo.

b) Mala atención por parte de los empleados.

c) Falta de respuesta a los reclamos.

d) Falta de información sobre mecanismos en la ejecución del trámite.

e) Falta de servicios (carteles indicadores, ascensores, sillas de espera, entre otros).

f) Falta de atención específica a mujeres embarazadas, personas con capacidades diferentes o movilidad reducida, adultos mayores y personas con niños en brazos.

g) Falta de atención por parte del responsable del área.

h) La restitución, el cambio o la reparación del bien adquirido.

i) La resolución o rescisión de contratos.

j) El cumplimiento de las condiciones pactadas en la contratación, venta o prestación del servicio.

k) La negativa a entregar factura, contrato u otro documento requerido en la operación.

l) La negativa a devolver el importe de la seña, cuando no se haya cumplido con la entrega de un bien o producto, o cuando este se encuentra defectuoso.

m) Todo otro motivo o situación que afecte la calidad de atención al cliente.

n) Toda sugerencia o agradecimiento que el cliente considere.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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