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Ley provincial de protección del patrimonio arqueológico y paleontológico Artículo 25 Provincia de La Pampa


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Ley provincial de protección del patrimonio arqueológico y paleontológico La Pampa
Artículo 25. Determinación de la situación de Rescate

Se considera como situación de Rescate Arqueológico o Paleontológico, aquélla que resultare planteada, cuando - de acuerdo con el peritaje previsto en el artículo 27-, para la ejecución o la continuación de cualquier tipo de obras privadas o públicas deban preverse o debieran efectuarse cambios, transformaciones o modificaciones en la superficiedel suelo o del subsuelo terrestre y/o en los medios subacuáticos, que impliquen o supongan riesgos o peligros de destrucción o desaparición, así como de alteración o inutilización del aprovechamiento históricocultural y científico del Patrimonio Arqueológico y/o Paleontológico.

Toda obra y/o intervención sobre el paisaje que impacte sitios arqueológicos y/o yacimientos paleontológicos deberá suspenderse inmediatamente y darse inmediato aviso a la Autoridad de Aplicación para que en el término de diez (10) días hábiles administrativos lleve adelante las tareas de rescate de bienes.

La reglamentación establecerá el formulario tipo de "denuncia de hallazgo de bienes culturales" y el protocolo de Rescate.

En los casos en que la importancia de los bienes descubiertos merezca un relevamiento exhaustivo y/o la preservación perpetua del lugar, se solicitará, previo dictamen de la Comisión Evaluadora, la reformulación del proyecto original para que evite el impacto directo o indirecto sobre el patrimonio arqueológico y/o paleontológico descubierto



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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