Ley Orgánica de la Inspección General de Personas Jurídicas (Ley Orgánica de la Inspección General de Personas Jurídicas) Provincia de Río Negro
Ley Orgánica de la Inspección General de Personas Jurídicas Provincia de Río Negro
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Competencia y Funciones Denominación y Organismo de Aplicació
- Artículo 2. Ámbito de Aplicació
- Artículo 3. Competencia
- Artículo 4. Funciones Registrales
- Artículo 5. Exclusió
- Artículo 6. Funciones de Fiscalización. Facultades
- Artículo 7. Sociedades por Acciones
- Artículo 8. Sociedades Constituidas en el Extranjero
- Artículo 9. Asociaciones Civiles y Fundaciones
- Artículo 10. Funciones Administrativas
- CAPÍTULO II
- Artículo 11. Sanciones. Causales
- Artículo 12. Sociedades por Acciones
- Artículo 13. Asociaciones y Fundaciones
- Artículo 14. Graduació
- CAPÍTULO III
- Artículo 15. Recursos. Procedimiento
- Artículo 16. Contra las resoluciones de la Inspección General de Personas Jurídicas de la...
- Artículo 17. Las disposiciones de los Inspectores Regionales serán recurribles de...
- Artículo 18. Pronto Despacho
- CAPÍTULO IV RÉGIMEN DE LOS FUNCIONARIOS DE LA INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO
- Artículo 19. Inspector General
- Artículo 20. Funciones
- Artículo 21. Inspecciones Regionales
- Artículo 22. Inspectores Regionales
- Artículo 23. Funciones
- Artículo 24. Personal Técnico
- Artículo 25. Subinspector General
- Artículo 26. Obligaciones e Incompatibilidades
Otras regulaciones
Se establece la capacitación obligatoria y permanente en perspectiva de género y violencia contra las mujeres Declara monumento histórico provincial a la cuba gigante que se encuentra en la vieja sidrera Monumentos, Lugares y Patrimonio Histórico Provincial Declara de Utilidad Pública y sujetos a expropiación inmuebles de la Ciudad de Sierra Grande Declaración de interés público provincial a la iniciativa privada presentada por la firma Argentina Fortescue Future Industries S.AMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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