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Ley Orgánica de la Administración de Justicia Artículo 97 Provincia de San Luis


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Ley Orgánica de la Administración de Justicia San Luis
Artículo 97.

Sin perjuicio de otros requisitos que puedan establecer las leyes o las acordadas, se accede al cargo de Secretario de Primera Instancia mediante concurso público y abierto de antecedentes y oposición por fuero y especialización y para la circunscripción correspondiente, conforme orden de mérito cuya vigencia será de DOS (2) años.

Será requisito para acceder a este cargo poseer título de abogado, con TRES (3) años de antigüedad desde su emisión, asimismo, el postulante deberá estar matriculado al formular la inscripción en el concurso respectivo. Se accede al cargo de Secretario de Segunda Instancia mediante concurso cerrado de antecedentes y oposición por fuero y especialización y para la circunscripción correspondiente, conforme orden de mérito cuya vigencia será de DOS (2) años. Será requisito para acceder a este cargo, sin perjuicio de otros requisitos que establezcan las leyes o acordadas, contar con no menos de TRES (3) años de cumplimiento efectivo del cargo de Secretario de Juzgados de Primera Instancia del fuero respectivo en el Poder Judicial de la provincia de San Luis".-

Provincia de San Luis Artículo 97 Ley Orgánica de la Administración de Justicia
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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


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