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Ley marco de regulación del empleo público Artículo 35 Provincia de Entre Ríos


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Ley marco de regulación del empleo público Entre Ríos
Artículo 35.

El personal comprendido en el régimen de la estabilidad tendrá derecho a conservar el empleo, el nivel y grado de la carrera alcanzado. La garantía de estabilidad no se considerará afectada cuando se modifique la función del agente, salvo que dicha modificación resulte manifiestamente vejatoria o implique una sanción encubierta.

La adquisición de estabilidad en el empleo se alcanzará por el mero transcurso del plazo establecido en el Art. 7° de la presente, de conformidad al Artículo 21° de la Constitución Provincial, salvo que con antelación al cumplimiento del mismo la autoridad competente dispusiese por acto administrativo expreso el cese del agente.

La estabilidad en empleo, una vez adquirida, sólo cesa por la configuración de algunas de las causales establecidas en la presente ley.

Provincia de Entre Ríos Artículo 35 Ley marco de regulación del empleo público
Artículo 1 ...33 34 35 36 37 ...122

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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