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Ley Impositiva para el Ejercicio Fiscal 2023 Artículo 72 Provincia de Buenos Aires


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Ley Impositiva para el Ejercicio Fiscal 2023 Buenos Aires
Artículo 72.

Por los servicios que presten las reparticiones dependientes del Ministerio de Transporte, se pagarán las siguientes tasas:

MINISTERIO DE TRANSPORTE 1) Habilitación de unidades afectadas al servicio del transporte de pasajeros, pesos mil ciento noventa y siete $1.197,00 2) Por cada duplicado o renovación de libros de quejas, pesos ochocientos veintinueve $829,00 3) Por la rubricación de cada libro contable y complementario de las empresas de transporte público de pasajeros, pesos cuatrocientos catorce con cincuenta centavos $414,50 4) Por la habilitación de cada vehículo de carga para el transporte de explosivos, combustibles e inflamables, pesos mil trescientos treinta y cuatro $1.334,00 5) Por cada certificado -Ley Nº 13.927-, pesos trescientos noventa y cuatro $394,00 6) Por cada solicitud y otorgamiento de certificados de inscripción en el Registro Público de Transporte de Cargas de la Provincia de Buenos Aires, pesos mil trescientos treinta y cuatro $1.334,00 7) Certificado de Acogimiento a Régimen de Regularización de Deuda, pesos doscientos cincuenta y siete $257,00 8) Certificado de inexistencia de deuda fiscal, vinculado a trámites de transferencia, cesión, etc., (conf. art. 40 del Código Fiscal), pesos doscientos cincuenta y siete $257,00 SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA Y SEGURIDAD VIAL (art. 9 de la Ley N° 13.927) 1) Licencias de conductor/a:

a) Por original, renovación o sustitución por cambio de datos, pesos cuatrocientos veinticinco con cincuenta centavos $425,50 b) Por duplicados, triplicados y siguientes, pesos setecientos dieciocho $718,00 c) Certificados, pesos doscientos treinta y cinco $235,00 2) Por la inscripción de las escuelas de conductores/as particulares original, modificación o alteración, de acuerdo a lo previsto en el artículo 6º de la Ley Nº 13.927, pesos siete mil quinientos sesenta y uno $7.561,00 3) Por el otorgamiento de la matrícula a instructores/as, de acuerdo a lo previsto en el artículo 6º de la Ley Nº 13.927, pesos cinco mil ciento sesenta y siete $5.167,00 4) Certificado de antecedentes vinculados al trámite de licencia -libre deuda de infracciones-, de acuerdo a lo previsto en los artículos 8º y 9º de la Ley Nº 13.927, pesos doscientos sesenta y ocho $268,00 5) Recupero de puntos -scoring-, siempre que el mismo no opere automáticamente, de acuerdo a lo previsto en el artículo 8º de la Ley Nº 13.927 y Decreto Nº 532/09 Anexo II Título I art. 1° inc. e) y g) a) Por primera vez, pesos dos mil ochocientos ocho $2.808,00 b) Por segunda vez, pesos tres mil trescientos trece $3.313,00 c) Por tercera vez y subsiguientes, pesos cuatro mil trescientos veintiuno con cincuenta centavos $4.321,50 6) Por peticiones administrativas, tasa de justicia administrativa de infracciones de tránsito provincial, oficios particulares, desarchivo de actuaciones en la justicia administrativa (en este caso no será de aplicación la tasa prevista en el artículo 81 de la presente) pesos quinientos cuarenta $540,00 7) Interjurisdiccionalidad, de acuerdo a lo previsto en los artículos 32 y 36 de la Ley Nº 13.927, pesos setecientos veintiunos con cincuenta centavos $721,50 8) Interjurisdiccionalidad sometida a la cooperación interprovincial, pesos novecientos uno $901,00 9) Inscripción de proveedores de tecnologías de instrumentos cinemómetros y otros, pesos sesenta y ocho mil ochocientos ochenta y ocho con cincuenta centavos $68.888,50 10) Certificado de Acogimiento a Régimen de Regularización de Deuda- Subsecretaría de Política y Seguridad Vial-, pesos doscientos sesenta y ocho $268,00 11) Certificado de inexistencia de deuda fiscal- Subsecretaría de Política y Seguridad Vial-, vinculado a trámites de transferencia, cesión, etc. (conf. art. 40 del Código Fiscal), pesos doscientos sesenta y ocho $268,00



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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