Imprimir

Ley Impositiva para el Ejercicio Fiscal 2016 Artículo 73 Provincia de Buenos Aires


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Ley Impositiva para el Ejercicio Fiscal 2016 Buenos Aires
Artículo 73.

Por los servicios que presta la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires, se pagarán las tasas que se indican a continuación:

1) Certificado catastral: Certificados catastrales, por cada Partido-Partida, o cada Parcela o Sub-parcela, según corresponda, solicitados por abogados, escribanos o procuradores, ciento setenta pesos......................... $170,00 2) Informe Catastral: Informe catastral, ciento treinta y cinco pesos..... $135,00 3) Certificado de valuación Por la certificación de valuación vigente o por cada una de las valuaciones de años anteriores de cada partida de los padrones fiscales solicitada para informe de deuda, o actuaciones notariales, judiciales o de parte interesada, ciento treinta y cinco pesos....................... $135,00 4) Estado parcelario: Por la expedición, vía telemática -web- de antecedentes catastrales para la constitución del estado parcelario, Ley Nº 10.707, doscientos veinticinco pesos........ $225,00 Por la expedición de esos antecedentes catastrales para la constitución del estado parcelario, en la modalidad presencial -papel-, doscientos veinticinco pesos........ $225,00 5) Copias de documentos catastrales: Por cada lámina de planos de la Provincia, en formato digital, ciento cincuenta y cinco pesos........................ $155,00 Por cada plano de mensura, división por el régimen de propiedad horizontal y conjuntos inmobiliarios, en formato digital, cien pesos........ $100,00 Por cada copia de plano de mensura, división por el régimen de propiedad horizontal y conjuntos inmobiliarios, en formato papel, certificada, por hoja tamaño oficio que integre la reproducción, cincuenta y cinco pesos........... $55,00 Por cada copia de cédula catastral, plano de manzana, quinta, chacra o fracción, expedida en formato papel o digital (vía web), cuarenta y cinco pesos ........ $45,00 Por la/s copia/s del/los formulario/s de avalúo, expedida/s de manera telemática o en formato papel, por cada parcela, cincuenta y cinco pesos............ $55,00 Por cada copia de Disposiciones del artículo 6º del Decreto Nº 2489/63, cincuenta y cinco pesos................................. $55,00 6) Propiedad Horizontal: Factibilidad. Por la evaluación de un proyecto al régimen de propiedad horizontal, mil cuatrocientos pesos.................... $1.400,00 Evaluación básica, mil cuatrocientos pesos......... $1.400,00 Evaluación adicional por hectárea o fracción superior a mil metros cuadrados (1.000 m2), setecientos pesos....................................................................... $700,00 Evaluación especial por cada subparcela involucrada, cuatrocientos veinte pesos........................... $420,00 Por el visado previo de cada proyecto de plano, ciento treinta y cinco pesos... $135,00 Adicional por cada sub-parcela, treinta pesos................................... $30,00 Por la aprobación de cada plano, ciento treinta y cinco pesos........ $135,00 Adicional por cada sub-parcela, treinta pesos............... $30,00 Por el visado previo de cada proyecto de plano de posesión, ciento treinta y cinco pesos.........................$135,00 Adicional por cada subparcela, treinta pesos................ $30,00 Por la aprobación de cada plano de posesión, ciento treinta y cinco pesos...... $135,00 Adicional por cada subparcela, treinta pesos................ $30,00 Por el visado previo de cada modificación de plano (rectificación), ciento treinta y cinco pesos ....................... $135,00 Por aprobación de cada modificación de plano (ratificación), ciento treinta y cinco pesos................. $135,00 Adicional por cada sub-parcela, treinta pesos............... $30,00 Por la corrección de plano por cambio de proyecto, ciento treinta y cinco pesos................... $135,00 Adicional por cada nueva sub-parcela que origine, treinta pesos........ $30,00 Por corrección de plano por error del profesional, doscientos ochenta pesos... $280,00 Por el retiro de tela para modificar y/o ratificar el plano aprobado, ciento treinta pesos............................. $130,00 Por el acogimiento y registración a los beneficios previstos en el artículo 6º del Decreto Nº 2489/63, por cada subparcela requerida, ciento setenta pesos....... $170,00 Por la registración del informe de constatación del estado constructivo (Anexo II del artículo 6º del Decreto Nº 2489/63), por cada sub-parcela, ciento setenta pesos................ $170,00 Por el levantamiento de interdicción de plano, setenta y cinco pesos.... $75,00 Por el levantamiento de traba del plano, ciento veinticinco pesos............... $125,00 Por la devolución de la tela, ciento veinticinco pesos.......... $125,00 Por la anulación de plano, por vía judicial y/o a solicitud del particular, ciento veinticinco Pesos............................ $125,00 Por la aprobación y registración del estado parcelario de los conjuntos inmobiliarios, por cada sub-parcela, mil cuatrocientos pesos.............. $1.400,00 Por solicitud de plano de obra, trescientos setenta pesos......... $370,00 7) Visaciones y registración de planos: Por la visación, de acuerdo a la Circular 10/58 de la Comisión Coordinadora Permanente (Decreto Nº 10192/57), de planos de tierra y/o conjuntos inmobiliarios, hasta 10 parcelas o subparcelas, ciento treinta pesos.................. $130,00 Por cada parcela o excedente se abonarán treinta pesos......... $30,00 Por la visación, de acuerdo a la Circular 10/58 de la Comisión Coordinadora Permanente (Decreto Nº 10192/57), de planos de propiedad horizontal, ciento treinta pesos.............................. $130,00 Por la visación de cada plano Circular 10/58 de Inmuebles Fiscales, ciento treinta pesos................. $130,00 Por la registración de planos, sin generar parcelas o subparcelas, ciento treinta y cinco pesos........................... $135,00 Cuando se generen hasta 10 parcelas o subparcelas, doscientos diez pesos........................... $210,00 Por cada parcela o subparcela excedente, treinta pesos.......... $30,00 Por la anotación de cada plano cuya registración debe quedar pendiente, ciento treinta pesos.............. $130,00 En caso de involucrar más de una, por cada parcela o subparcela, treinta pesos.................... $30,00 Por la solicitud de la determinación del valor de la tierra urbana ante la presentación de un plano aprobado, ciento treinta pesos............... $130,00 Por cada parcela, sobre la que se solicite la determinación del valor de la tierra rural, ciento treinta pesos......................... $130,00 8) Rectificación de Declaración Jurada (artículo 83 Ley Nº 10.707): Para Inmuebles en Planta Urbana, ciento setenta pesos......... $170,00 Para Inmuebles en Planta Rural, ciento setenta pesos....... $170,00 Adicional por hectárea, diez pesos............... $10,00 Por solicitud de servicios de inspección a parcelas en casos no previstos expresamente, cuatrocientos treinta pesos..................... $430,00 9) Constitución de estado parcelario: Por cada cédula catastral que se registre, ciento setenta pesos..... $170,00 Por la Verificación de Subsistencia del estado parcelario, ciento setenta pesos.............................. $170,00 Actualización de la valuación fiscal, ciento treinta pesos......... $130,00 10) Relevamiento Satelital: Por relevamiento satelital del uso del suelo y su determinación para tierra rural expedida de manera telemática:

Por cada parcela, mil pesos................... $1.000,00 Excedente por parcela lindera, doscientos cincuenta pesos....... $250,00 Por relevamiento satelital de edificaciones u otros objetos territoriales expedido de manera telemática:

Hasta 10 parcelas con una única fecha de imagen, por parcela, trescientos diez pesos.................$310,00 Hasta 10 parcelas estudio multitemporales, por parcela, seiscientos veinte pesos................... $620,00 Más de 10 parcelas por parcela excedente, setenta y cinco pesos por parcela................. $75,00 11) Oficios judiciales y copias de actuaciones: Por cada tramitación y contestación de oficios y pedidos de informes dirigidos a esta Agencia de Recaudación, en los que se solicitan informes, datos, antecedentes e información que obren en sus archivos, registros o cualquier fuente documental, excluidas las tasas del apartado siguiente, setenta y cinco pesos...... $75,00 Por cada fotocopia de documentación obrante en actuaciones originales, por hoja oficio y doble faz, por cada foja, cuatro pesos............. $4,00 12) Acarreo y depósito de automóviles secuestrados: Autos y camionetas: Menor o igual a 50 km recorridos, mil doscientos cuarenta pesos... $1.240,00 Mayor a 50 km y menor o igual a 100 km, dos mil cuatrocientos ochenta pesos............................ $2.480,00 Mayor a 100 km, tres mil setecientos pesos............. $3.700,00 Camiones:

Menor o igual a 50 km recorridos, cinco mil setecientos pesos....... $5.700,00 Mayor a 50 km y menor o igual a 100 km, ocho mil seiscientos ochenta pesos.$8.680,00 Mayor a 100 km, doce mil cuatrocientos pesos............... $12.400,00



Provincia de Buenos Aires Artículo 73 Ley Impositiva para el Ejercicio Fiscal 2016
Artículo 1 ...71 72 73 74 75 ...107

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse