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Ley Impositiva- Ejercicio Fiscal 2019 Artículo 22 Provincia de Catamarca


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Ley Impositiva- Ejercicio Fiscal 2019 Catamarca
Artículo 22.

Por los contratos y operaciones de seguros, capitalización y ahorro previo y contrataciones similares que a continuación se enumeran, se pagará el impuesto que en cada caso se establece:

INCISO CONCEPTO ALÍCUOTA

1 Contratos de seguro de cualquier naturaleza
(excepto los de vida obligatorio y los de
accidente de trabajo del mismo carácter) o
pólizas que lo establezcan, sus prórrogas y
renovaciones suscriptas en jurisdicción de
la Provincia que surtan efectos legales o
versen sobre bienes situados en ella,
calculado sobre el monto de la prima
convenida durante la vigencia de tales
contratos.
6,00%o
Pagarán el mismo impuesto los contratos
de seguro o las pólizas suscriptas fuera de
la Provincia que cubran bienes situados
dentro de su jurisdicción o riesgo por
accidente de personas domiciliadas en ella,
conforme lo previsto en el segundo párrafo
del Artículo 207° del Código Tributario.
Cuando el tiempo de duración del contrato
sea incierto, el impuesto será abonado en
ocasión del pago de cada una de las primas
parciales.

2 Los seguros de vida contratados dentro de
la Provincia pagarán el impuesto sobre el
monto asegurado cuando éste exceda de
PESOS CINCUENTA ($ 50.-).
Igual impuesto abonarán los seguros
contratados fuera de la Provincia sobre la
vida de las personas residentes dentro de
su jurisdicción, conforme lo determina el
segundo párrafo del Artículo 207° del Código
Tributario 5,00%o

3 Los endosos de contratos de seguros
cuando se transfiere la propiedad, sobre la
proporción del monto de la prima convenida
que correspondiere al plazo de vigencia
subsistente 2,00%o

4 Los informes de liquidadores de siniestros o
convenios que éstos firmen con los
asegurados, al ser aceptados o confirmados
por el asegurador 1,00%o

5 Los títulos de capitalización y ahorro, los
contratos de ahorro previo y sus cesiones,
con derechos a beneficios obtenidos por
medio de sorteos y licitación,
independientes del interés y/o ajuste del
capital, abonarán el impuesto sobre el
capital suscripto, a cargo del suscriptor, el
que será retenido y satisfecho por los
emisores mediante Declaración Jurada 1,00%o

La restitución de primas al asegurado, en ningún caso dará lugar a la devolución del impuesto que se haya satisfecho. El Impuesto de Sellos correspondiente a la póliza, será cobrado por los aseguradores y pagado al fisco por éstos bajo Declaración Jurada.

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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