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Ley Impositiva año 2015 Artículo 109 Provincia de Córdoba


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Ley Impositiva año 2015 Córdoba
Artículo 109.

Los embargos preventivos anticipados se considerarán como si fuesen juicios independientes y las sumas abonadas se tomarán como pago a cuenta de la Tasa de Justicia que corresponda al momento de presentar la demanda. Cuando éstos se presenten ante los jueces de paz en día inhábil, deberá exigirse la constitución de fianza a los fines de garantizar el pago de la Tasa de Justicia que, en estos casos, deberá efectuarse el primer día hábil subsiguiente, bajo apercibimiento que su incumplimiento será comunicado por el juez de paz a la oficina de Tasa de Justicia del Área de Administración del Poder Judicial de la Provincia de Córdoba, en los términos y alcances establecidos en el artículo 295 del Código Tributario Provincial.

Provincia de Córdoba Artículo 109 Ley Impositiva año 2015
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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