Ley del servicio penitenciario provincial Artículo 85 Provincia de Mendoza
Ley del servicio penitenciario provincial Mendoza
Artículo 85.
El Director de Unidad deberá iniciar información sumaria cuando fuere necesario demostrar someramente cualquier hecho o circunstancia que pueda constituir faltas leves o graves, pudiendo aplicar las sanciones que correspondan a dichas faltas.
Provincia de Mendoza Artículo 85 Ley del servicio penitenciario provincial
Mejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
shhhhhhhhhhhhhhhhh
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
Leer de nuevo
Ley del servicio penitenciario provincial Mendoza Artículo 44. Ley del servicio penitenciario provincial Mendoza Artículo 95. Creación de la Oficina de Conciliación Civil y Comercial Mendoza Artículo 18. Día de la Prevención del Suicidio, declarado por la Organización Mundial de la Salud San Juan Artículo 3. Ley del servicio penitenciario provincial Mendoza Artículo 62.Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios