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Ley del registro de las personas Artículo 39 Provincia de Buenos Aires


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Ley del registro de las personas Buenos Aires
Artículo 39.

En el caso de hijos nacidos fuera del matrimonio, cuando comparecieren conjuntamente los padres para inscribir el nacimiento, ambos firmarán el acta. Cuando compareciere solamente el padre, con la constatación de nacimiento, se labrará el acta respectiva debiendo procederse a la notificación de la inscripción a la madre.

Cuando el nacimiento deba ser inscripto en las Delegaciones del Registro de las Personas por denuncia del hospital, si no se hubiera logrado la inscripción con el consentimiento materno expreso y hubieran transcurrido cuarenta (40) días del parto, deberá labrarse el asiento correspondiente siempre y cuando se hubiese remitido la Ficha Única Identificatoria procediéndose luego a la notificación a la madre.



Provincia de Buenos Aires Artículo 39 Ley del registro de las personas de la Provincia de Buenos Aires
Artículo 1 ...37 38 39 40 41 ...146

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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