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Ley de Presupuesto General para el Ejercicio 2022 Artículo 53 Provincia de Buenos Aires


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/05/2024

Ley de Presupuesto General para el Ejercicio 2022 Buenos Aires
Artículo 53.

Crease para el Ejercicio 2022 el Fondo de Infraestructura Municipal por hasta la suma de PESOS DIECISIETE MIL MILLONES ($17.000.000.000) destinado a los Municipios para financiar obras de infraestructura en materia hidráulica, vial, de energía, de transporte, de vivienda, sanitaria y hospitalaria, arquitectura y toda otra obra prevista en los artículos 1° y 2° de la Ley N° 6.021, o norma que en el futuro la reemplace. En ningún caso el Municipio podrá utilizar los fondos percibidos en gastos corrientes.

La constitución del Fondo quedará garantizada con recursos de Rentas Generales y/o cualquier otra fuente que al efecto determine la Autoridad de Aplicación, estableciéndose un TREINTA POR CIENTO (30 %) en concepto de anticipo antes del 31 de marzo de 2022, un VEINTE POR CIENTO (20%) adicional antes del 30 de junio de 2022. Para el caso de los Municipios que hubiesen presentado los certificados de avance de obra en los que acreditaran la aplicación de los recursos ya transferidos antes del 30 de septiembre de 2022, recibirán en esa fecha un VEINTICINCO POR CIENTO (25 %) complementario. El porcentaje restante quedará supeditado a los certificados de avance de obra que presenten los Municipios a la Autoridad de Aplicación.

La asignación del Fondo de Infraestructura Municipal se realizará a cada municipio conforme a un coeficiente combinado, el cual se compone del CINCUENTA POR CIENTO (50%) aplicando el Coeficiente Único de Distribución Ley Nº 10.559 para 2021 (texto ordenado según Decreto N° 1.069/95) y para el restante CINCUENTA POR CIENTO (50%) conforme a los ingresos corrientes percibidos durante el ejercicio 2019.



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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


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