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Ley de presupuesto general de gastos y calculo de recursos para el año 2018 Artículo 17 Provincia de San Juan


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Ley de presupuesto general de gastos y calculo de recursos para el año 2018 San Juan
Artículo 17.

Autorízase, durante el Ejercicio Fiscal 2.018, al Poder Ejecutivo, a pedido fundado del Ministerio de Hacienda y Finanzas, a través de la Secretaría de Hacienda y Finanzas, a utilizar financiera y transitoriamente hasta el ochenta por ciento (80%) de los fondos, afectados o no, de todas las cuentas oficiales existentes en el ámbito del Sector Público Provincial, debiendo informar a la Cámara de Diputados cada vez que haga uso de esta facultad, dentro del plazo de treinta (30) días de ejercida, rindiendo cuenta documentada, en los términos del Artículo 44 de la Constitución Provincial.

Esta autorización no comprende:

a) los fondos provenientes de la Venta de Tierras Fiscales;

b) los fondos destinados al programa de la Dirección de Sanidad Vegetal, denominado "Mosca de los Frutos";

c) los recursos previstos por la Ley Provincial Nº 568-I de Promoción Agrícola e Industrial;

d) los Fondos Nacionales afectados a políticas sociales comunitarias y asistencia a la población con necesidades básicas insatisfechas y e) los Recursos previstos por la Ley Provincial Nº 426-Q de Fondo Solidario Hospitalario.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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