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Ley de fomento y la promoción de la actividad audiovisual en su dimensión cultural e industrial Artículo 11 Provincia de Córdoba


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Ley de fomento y la promoción de la actividad audiovisual en su dimensión cultural e industrial Córdoba
Artículo 11. Beneficios

Los sujetos a los que se refiere el artículo 10 de la presente Ley pueden gozar de los siguientes beneficios de promoción, en los términos y con las limitaciones y alcances que establezca la reglamentación:

a) Exención por diez años del Impuesto sobre los Ingresos Brutos o cualquier impuesto que lo reemplace en el futuro, sobre la actividad promovida;

b) Exención por diez años del Impuesto de Sellos que afecte a la actividad promovida;

c) Exención por diez años del Impuesto Inmobiliario sobre los inmuebles que se encuentren directamente afectados a la actividad promovida;

d) Subsidios por cinco años por cada trabajador nuevo contratado, y e) Subsidio por cinco años por consumos eléctricos.

Todos estos beneficios serán otorgados en las mismas condiciones y modalidades establecidas por la Ley Nº 9727 y sus modificatorias de "Promoción y Desarrollo Industrial de Córdoba" o la que en el futuro la reemplace.



Provincia de Córdoba Artículo 11 Ley de fomento y la promoción de la actividad audiovisual en su dimensión cultural e industrial
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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