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Ley de Educación Artículo 3 Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Ley de Educación Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
Artículo 3.

La educación y el conocimiento son derechos humanos fundamentales que hacen a la dignidad de la persona, son un bien público y un derecho personal y social, garantizado por el Estado. Los principios sobre los que se funda la educación fueguina son los siguientes:

a) la Educación constituye una política de Estado, para construir una sociedad justa, reafirmar la soberanía e identidad nacional y provincial, promover el bien común, respetar los derechos humanos y libertades fundamentales, consolidar la democracia, el fortalecimiento y defensa de la República y profundizar el ejercicio de una ciudadanía activa, solidaria y responsable;

b) la educación debe brindar oportunidades para desarrollar y fortalecer la formación integral de las personas, movilizándolas a construir su proyecto de vida, basado en los valores constitucionales; y c) el Estado provincial no suscribirá tratados ni acuerdos de cualquier índole que impliquen concebir la educación como un servicio lucrativo o alienten cualquier forma de mercantilización de la educación pública.

Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur Artículo 3 Ley de Educación
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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