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Ley de declaracion de utilidad publica y expropiaciones (ley tematica) Artículo 313 Provincia de San Juan


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Ley de declaracion de utilidad publica y expropiaciones (ley tematica) San Juan
Artículo 313. Ley Nº 8077 (19/11/2009)

Declárase de utilidad pública y sujetos a expropiación, en los términos de la Ley Nº 1000-A, los inmuebles que, en base al informe proporcionado por la Dirección de Geodesia y Catastro, se indican a continuación:

1) Nomenclatura Catastral Nº 19-60-562478, identificado como lote Nº 9 del plano 19-840/1976, Matrícula Registral Nº 142, Folio 42, Tomo 2, ubicado en calle Mitre s/n con frente a ella, entre lote N.º 8 y lote N.º 10 del mismo plano, Departamento Valle Fértil, con una superficie según mensura y título de CINCO MIL METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y DOS DECÍMETROS CUADRADOS (5000,52 m2), cuyo monto total asciende a la cantidad de Pesos Cuarenta y Cuatro Mil Seiscientos ($44.600) según surge de la valuación del Tribunal de Tasaciones de la Provincia de San Juan, en su Acuerdo Nº 3903 de fecha 02 de octubre de 2009.

2) Nomenclatura Catastral Nº 19-60-562480, identificado como lote Nº 10 del plano 19-840/1976, Matrícula Registral Nº 142, Folio 42, Tomo 2, ubicado en calle Mitre s/n con frente a ella, entre lote N.º 9 y lote Nº 11 del mismo plano, Departamento Valle Fértil, con una Superficie según mensura y título de CINCO MIL DOCE METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y TRES DECÍMETROS CUADRADOS (5012,43 m2), cuyo monto total asciende a la cantidad de Pesos Cuarenta y Cuatro Mil Seiscientos ($44.600) según surge de la valuación del Tribunal de Tasaciones de la Provincia de San Juan, en su Acuerdo Nº 3903 de fecha 02 de octubre de 2009.

3) Nomenclatura Catastral N.º 19-60-560480, identificado como lote N.º 13 del plano 19-840/1976, Matrícula Registral Nº 142, Folio 42, Tomo 2, ubicado en calle Loteo Aprobado s/n con frente a ella, entre lote Nº 12 y lote Nº 14 del mismo plano, Departamento Valle Fértil, con una Superficie según mensura y título de CINCO MIL CINCO METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y CINCO DECÍMETROS CUADRADOS (5005,45 m2), cuyo monto total asciende a la cantidad de Pesos Cuarenta y Seis Mil Cuatrocientos ($46.400) según surge de la valuación del Tribunal de Tasaciones de la Provincia de San Juan, en su Acuerdo Nº 3903 de fecha 02 de octubre de 2009.

4) Nomenclatura Catastral N.º 19-60-559478, identificado como lote N.º 14 del plano 19-840/1976, Matrícula Registral Nº 142, Folio 42, Tomo 2, ubicado en calle Loteo Aprobado s/n con frente a ella, entre lote N.º 13 y lote Nº 15 del mismo plano, Departamento Valle Fértil, con una Superficie según mensura y título de CINCO MIL DIECINUEVE METROS CUADRADOS CON DOCE DECÍMETROS CUADRADOS (5019,12 m2), cuyo monto total asciende a la cantidad de Pesos Cuarenta y Seis Mil Doscientos ($46.200) según surge de la valuación del Tribunal de Tasaciones de la Provincia de San Juan, en su Acuerdo Nº 3903 de fecha 02 de octubre de 2009.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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