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Ley de Contabilidad y Organización de Contaduría General y Tesorería Artículo 29 Provincia de La Pampa


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Ley de Contabilidad y Organización de Contaduría General y Tesorería La Pampa
Artículo 29.

Todo pago se hará por la Tesorería General. cuando por cualquier causa no pudiere hacerse efectiva una orden de pago, su titular tendrá derecho a exigir una certificación oficial de su crédito.

El pago de los servicios y gastos de la deuda pública, podrá hacerse por el Banco de la Provincia, Banco Central de la Repúbica Argentina, Banco de la Nación Argentina, directamente o por intermedio de la institución que invistiera el carácter de agente financiero de la Provincia, debiditando la cuenta de la Tesorería con aviso analítico de cada operación al Ministerio de Asuntos Económicos para que el Poder Ejecutivo ordene su imputación.

Los órdenes de entrega de fondos a las dependencias de la administración de la Provincia y entidades descentralizadas, podrán hacerse efectivas mediante transferencias de crédito entre las cuentas abiertas en el banco en la forma que disponga el Poder Ejecutivo.

Provincia de La Pampa Artículo 29 Ley de Contabilidad y Organización de Contaduría General y Tesorería. General de la Provincia
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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