Incorporación de instituciones educativas de nivel secundario pertenecientes al Sistema Educativo Provincial de gestión privada que constituyan la única oferta en la localidad (Incorporación de instituciones educativas de nivel secundario pertenecientes al Sistema Educativo) Provincia de La Pampa
Incorporación de instituciones educativas de nivel secundario pertenecientes al Sistema Educativo Provincial de gestión privada que constituyan la única oferta en la localidad Provincia de La Pampa
- Artículo 1. Establécese que aquellas instituciones educativas de nivel secundario...
- Artículo 2. Establécese que la Asociación Civil José Manuel Estrada de la...
- Artículo 3. Facúltase al Poder Ejecutivo a crear los cargos necesarios para el personal...
- Artículo 4. El personal docente que preste servicios en las instituciones que...
- Artículo 5. Establécese que el personal docente que se transfiera en virtud de los...
- Artículo 6. Establécese que el personal docente que se transfiera, en los casos en que...
- Artículo 7. Establécese que el personal docente que se transfiera, en los casos en...
- Artículo 8. Establécese que el personal docente que se transfiera como consecuencia de...
- Artículo 9. Establécese que el personal docente que tenga completo su ingreso en los...
- Artículo 10. Establécese que aquellos docentes que únicamente posean las horas...
- Artículo 11. Créase una asignación especial mensual denominada "Suplemento...
- Artículo 12. Incorpórase, a partir del inicio del Ciclo Lectivo 2024, a la gestión...
- Artículo 13. Facúltase al Poder Ejecutivo a crear los cargos necesarios para el personal...
- Artículo 14. El personal docente que preste servicios en el "Centro Politécnico...
- Artículo 15. Facúltase al Poder Ejecutivo al dictado de las normas necesarias para...
- Artículo 16. Facúltase al Poder Ejecutivo Provincial al dictado de las normas necesarias...
- Artículo 17. El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley será atendido con...
- Artículo 18. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Otras regulaciones
Ratificación del dec. 726/2020 Autorizando al poder ejecutivo a suscribir con la empresa pampetrol s.a.p.e.m. el contrato de permiso de exploración Declarando de interés estratégico para el desarrollo de la política hidrocarburífera provincial el área hidrocarburífera Medanito Sur Aprobación de Convenio Único de Colaboración y Transferencia Aprobando el Convenio Unico de Colaboración y Transferencia N 2766Mejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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