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Impositiva año 2016 Artículo 85 Provincia de La Pampa


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Impositiva año 2016 La Pampa
Artículo 85.

Sustitúyase el artículo 73 del Código Fiscal (t.o. 2015) por el siguiente:

" FORMA Artículo 73.- El pago de las obligaciones fiscales deberá efectuarse a través de los formularios o medios electrónicos habilitados por la Dirección General de Rentas en las instituciones bancarias autorizadas o en las oficinas que indique a tal efecto.

Tratándose específicamente de las Tasas Retributivas de Servicios previstas en el Título Quinto del Libro Segundo de este Código, el pago podrá efectuarse además mediante papel sellado, cuando así lo habilite la Dirección.

Excepcionalmente y para aquellos casos en los que en el domicilio fiscal del contribuyente no existiera institución bancaria autorizada u oficina habilitada como caja recaudadora, la Dirección General de Rentas podrá autorizar el pago a través del depósito en la cuenta recaudadora habilitada a tal efecto, o mediante el envío de giro bancario o postal a la orden de la Dirección sobre la ciudad de Santa Rosa enviado por correspondencia.

La Dirección podrá establecer pautas especiales de recaudación a determinados contribuyentes, tendientes a perfeccionar los sistemas de control del cumplimiento de las obligaciones tributarias.

Se considerará como fecha de pago:

1. El día que se efectúe el depósito;

2. el día en que se tome el giro postal o bancario siempre que se remita dentro de los dos (2) días siguientes. En caso contrario se tomará como fecha de pago el día en que se remita;

3. el día señalado por el sello fechador con que se inutilice el papel sellado.

Facúltase a la Dirección General de Rentas para habilitar la percepción de las obligaciones fiscales mediante otras modalidades de pago, en cuyo caso se considerarán canceladas al momento de su efectivización y luego de transcurridos los plazos legales permitidos para las solicitudes de reversión."



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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