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Impositiva año 2016 Artículo 84 Provincia de La Pampa


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Impositiva año 2016 La Pampa
Artículo 84.

Sustitúyase el artículo 60 del Código Fiscal (t.o. 2015) por el siguiente:

"PUNIBILIDAD DE LAS PERSONAS HUMANAS, JURÍDICAS, ENTIDADES Y TERCEROS Artículo 60.- En el caso de infracciones a las obligaciones y deberes fiscales de los sujetos contemplados en los incisos 2 a 7 del artículo 22 se podrán imponer sanciones a los mismos.

Sin perjuicio de la que corresponda al responsable principal serán pasibles de sanción y en la graduación que corresponda, cuando actúen con dolo:

a) Los coautores, cómplices, encubridores, considerándose como tales a los que financien, instiguen o colaboren de cualquier manera con el autor para la realización del acto punible, según el caso;

b) los directores, gerentes, administradores, fiduciarios y demás representantes de las personas jurídicas y demás sujetos aludidos en el artículo 22;

c) los funcionarios, profesionales o personas sin título habilitante que participen en las infracciones previstas en el presente Código;

d) los terceros que, aunque no tuvieran deberes tributarios a su cargo, faciliten o silencien una infracción."



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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