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Funciones desempeñadas por el Fiscal de Estado en el marco de las competencias atribuidas por el art Artículo 31 Provincia del Chubut


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Funciones desempeñadas por el Fiscal de Estado en el marco de las competencias atribuidas por el artículo 215 de la Constitución Provincial Chubut
Artículo 31.

Existiendo sentencia condenatoria firme que se resuelva en el pago de sumas de dinero y liquidación aprobada firme, la parte interesada en el proceso judicial deberá requerir que se intime a efectuar la previsión presupuestaria correspondiente, la que deberá ser desestimada sin más trámite por los jueces cuando resulte improcedente.

La Fiscalía de Estado no informará condena alguna a los fines de su previsión presupuestaria, sin que se haya cumplido la intimación a la que refiere el párrafo anterior y se encuentre notificada con anterioridad a la fecha limite informada por el Ministerio de Economía y Crédito Público para la elevación de la previsión de pago de condenas por parte del organismo.

Provincia del Chubut Artículo 31 Funciones desempeñadas por el Fiscal de Estado en el marco de las competencias atribuidas por el artículo 215 de la Constitución Provincial
Artículo 1 ...29 30 31 32 33 ...37

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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