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Facultad de utilización del propio producido surgido de los proyectos didáctico-productivos de las i Artículo 4 Provincia del Neuquén


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 25/04/2024

Facultad de utilización del propio producido surgido de los proyectos didáctico-productivos de las instituciones educativas Neuquén
Artículo 4.

Los proyectos didáctico-productivos de las instituciones educativas y las cooperativas escolares, desarrollados en el marco de la presente Ley, deben observar las siguientes pautas en la producción, intercambio, cesión y/o comercialización de los productos, sin perjuicio de las disposiciones municipales al respecto:

a) Contribuir al objetivo pedagógico del acto educativo que les da origen.

b) Introducir, en los proyectos educativos institucionales, las actividades relacionadas con las áreas didáctico-productivas y establecer objetivos generales que garanticen que las actividades respondan al eje educativo programado.

c) Registrar, en las planificaciones anuales, cada Maestro de Enseñanza Práctica (MEP) a cargo de los sectores didácticoproductivos, las actividades a realizar:

Objetivos, etapas, espacios y tiempos estimativos; los recursos humanos y los materiales a emplear, así como la modalidad de trabajo a implementar en dichos sectores.

d) Considerar la necesidad de material didáctico desde las disciplinas para planificar el trabajo pedagógico, desde los tiempos productivos y/o ciclos biológicos, según corresponda.

e) Ser conducidos por docentes con la participación activa de los alumnos.

f) Cumplir, al implementarse, con todas las fases o momentos relacionados con la organización de los procesos productivos actuales, considerando lo siguiente:

1) Fundamentación y justificación, identificando las necesidades a satisfacer y/o problemas a resolver.

2) Objetivos.

3) Metodología de trabajo.

4) Cronograma de actividades.

5) Recursos materiales y financieros.

6) Control y gestión de producción.

7) Evaluación.

La supervisión pedagógica de las experiencias didáctico-productivas está a cargo de las supervisiones zonales respectivas. Las direcciones escolares deben llevar un registro detallado de las experiencias didáctico-productivas e informar sobre estas cada vez que la supervisión lo solicite.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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