Facultad de utilización del propio producido surgido de los proyectos didáctico-productivos de las instituciones educativas (Facultad de utilización del propio producido surgido de los proyectos didáctico-productivos de las i) Provincia del Neuquén
Facultad de utilización del propio producido surgido de los proyectos didáctico-productivos de las instituciones educativas Provincia del Neuquén
- Artículo 1. Facúltase a las instituciones educativas en jurisdicción del Consejo...
- Artículo 2. El ingreso por propio producido no remplaza, en ningún caso, las partidas...
- Artículo 3. Con el objeto de lograr los fines de la presente Ley, autorízase la creación...
- Artículo 4. Los proyectos didáctico-productivos de las instituciones educativas y las...
- Artículo 5. Las instituciones educativas contempladas en la presente Ley pueden...
- Artículo 6. Las cooperativas escolares deben realizar las ventas de bienes y/o servicios...
- Artículo 7. Lo recaudado debe ser depositado, dentro de los tres (3) días hábiles desde...
- Artículo 8. Los muebles, maquinarias, vehículos y herramientas, adquiridos o producidos,...
- Artículo 9. Para comprar y vender animales en pie, las cooperativas escolares deben...
- Artículo 10. Las instituciones educativas, por intermedio de las cooperativas escolares,...
- Artículo 11. Para vender los productos obtenidos de los sectores didáctico-productivos,...
- Artículo 12. Las cooperativas escolares deben utilizar el excedente del ciclo productivo...
- Artículo 13. Las cooperativas escolares deben presentar, anualmente, a la Dirección...
- Artículo 14. Las cooperativas escolares pueden celebrar convenios de cooperación,...
- Artículo 15. Las cooperativas escolares creadas en el marco de la presente Ley, deben...
- Artículo 16. Las cooperativas escolares están integradas por estudiantes menores de...
- Artículo 17. Las cooperativas escolares se rigen por las disposiciones que dicte el CPE,...
- Artículo 18. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Otras regulaciones
Se presta acuerdo, para que la Municipalidad de Neuquén contraiga deuda Se establece que los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, deben incorporar en su portal web Adhesión al Programa Federal de Fortalecimiento Operativo de las Áreas de Seguridad y Salud Se declara el 31 de octubre de cada año como Día de las Iglesias Evangélicas Inclusión en páginas Web oficiales de un espacio destinado a hacer conocer la nómina e imágen de niños perdidosMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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