Establece el Nuevo Procedimiento Laboral Artículo 55 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
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Artículo 55. INTERVENCIÓN DE LAS PARTES
Las partes tendrán intervención en la audiencia a los efectos del contralor de la prueba y podrán hacer todas las observaciones que consideren pertinentes, así como preguntar directamente a las otras partes y testigos. Podrá limitarse dicha facultad cuando las interrupciones sean manifiestamente improcedentes o con propósitos de obstrucción o contrarios a los fines del proceso.
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Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
shhhhhhhhhhhhhhhhh
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
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Establece el Nuevo Procedimiento Laboral Ciudad de Buenos Aires Artículo 66. Régimen de responsabilidad penal para niñas, niños y adolescentes Salta Artículo 1. Ámbito de aplicació Ley Impositiva año 2017 Río Negro Artículo 27. Creación del Fondo Solidario para la Emergencia Sanitaria La Pampa Artículo 16. Creación del Colegio de Ciencias Informáticas San Juan Artículo 60. FUNCIONAMIENTO. DECISIONESPublique la información de sí mismo
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