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Determinación de las bases del sistema electoral provincial y su ámbito temporal y territorial de ap Artículo 73 Provincia del Neuquén


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Determinación de las bases del sistema electoral provincial y su ámbito temporal y territorial de aplicación Neuquén
Artículo 73.

Dentro de los diez (10) días, el juez electoral deberá expedirse con respecto a la calidad de los candidatos. Esta resolución es apelable ante la Junta Electoral la que, a tal efecto, será integrada, en sustitución del juez electoral, por su subrogante legal y deberá expedirse por resolución fundada dentro de un plazo de cinco (5) días corridos. Si por resolución firme se establece que algún candidato no reúne las cualidades necesarias, el partido al que pertenezca deberá sustituirlo en el término de cinco (5) días corridos a contar desde aquella.



Provincia del Neuquén Artículo 73 Determinación de las bases del sistema electoral provincial y su ámbito temporal y territorial de aplicación, de conformidad con las Constituciones Nacional y Provincial
Artículo 1 ...71 72 73 74 75 ...178

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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