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Declaran el estado de emergencia social, económica, productiva, y energética en el ámbito Artículo 27 Provincia de Buenos Aires


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Declaran el estado de emergencia social, económica, productiva, y energética en el ámbito Buenos Aires
Artículo 27.

Créase para el Ejercicio Fiscal 2020 el Fondo Municipal para Convenios de Infraestructura, destinado a financiar total o parcialmente obras municipales de infraestructura, por la suma de PESOS DOS MIL MILLONES ($ 2.000.000.000). La integración del mencionado Fondo será garantizada con recursos de Rentas Generales y la distribución del monto total asignado a cada municipio será realizada conforme al Coeficiente Único de Distribución Ley N° 10.559 (texto ordenado según Decreto 1069/95). Se garantizará la integración del fondo al 31 de marzo de 2020 y su ejecución presupuestaria durante el ejercicio 2020.

El Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos será la autoridad de aplicación, quedando facultado a dictar normas complementarias y operativas para su implementación.

Autorízase al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Hacienda y Finanzas, a efectuar las adecuaciones presupuestarias necesarias a los fines del cumplimiento de las disposiciones de la presente Ley.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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