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Declaración de la Emergencia pública en materia de Violencia de Género Artículo 3 Provincia del Chubut


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Declaración de la Emergencia pública en materia de Violencia de Género Chubut
Artículo 3.

Créase en el plazo de tres (3) meses, el Programa de Reinserción Social Laboral y /o para las personas en situación de violencia de género. El presente programa tendrá operativo los siguientes instrumentos:

a) Subsidio para pago de alquiler de única vivienda: se le otorgará durante doce (12) meses un monto equivalente al cincuenta por ciento (50 %) del salario mínimo vital y móvil para que pueda disponer de una vivienda digna para su grupo familiar, cuando esta persona sea único sostén del mismo y no tenga ninguna remuneración.

b) Crédito a tasa subsidiada para el inicio de una actividad productiva: El Banco del Chubut S.A. otorgará préstamos personales, cuya tasa tendrá como beneficio el cincuenta por ciento (50%) del subsidio sobre la tasa vigente para emprendimientos productivos, que asumirá el Gobierno Provincial para facilitar el inicio de dicha actividad. Se utilizarán Fondos de Garantía recíproca para garantizar la accesibilidad a créditos.

c) Prioridad para la inserción en la Administración Pública Provincial: La Administración Pública Provincial, destinará en forma real y efectiva el dos por ciento (2%) de las vacantes de los cargos disponibles en el Estado Provincial a personas en situación de violencia de género. El funcionario que no cumpla con este inciso incurrirá en el incumplimiento de la Ley I N°231.



Provincia del Chubut Artículo 3 Declaración de la Emergencia pública en materia de Violencia de Género
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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