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Declaración de Emergencia en materia de Infraestructura, Habitat, Vivienda y Servicios Públicos Artículo 1 Provincia de Buenos Aires


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Declaración de Emergencia en materia de Infraestructura, Habitat, Vivienda y Servicios Públicos Buenos Aires
Artículo 1.

Declárase la emergencia en materia de infraestructura, hábitat, vivienda y servicios públicos en el ámbito de la provincia de Buenos Aires, con la finalidad de paliar el déficit existente y posibilitar la realización de las acciones tendientes a la promoción del bienestar general.

A los efectos de la aplicación de la presente ley, la declaración de emergencia tendrá una duración de 1 (un) año, contado a partir de su entrada en vigencia, pudiendo ser éste prorrogado por el Poder Ejecutivo, por única vez y por igual término, en caso de verificarse que las causales que justifican la emergencia no han cesado.



Provincia de Buenos Aires Artículo 1 Declaración de Emergencia en materia de Infraestructura, Habitat, Vivienda y Servicios Públicos
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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