Declaración de Emergencia en materia de Infraestructura, Habitat, Vivienda y Servicios Públicos (Declaración de Emergencia en materia de Infraestructura, Habitat, Vivienda y Servicios Públicos) Provincia de Buenos Aires
Declaración de Emergencia en materia de Infraestructura, Habitat, Vivienda y Servicios Públicos Provincia de Buenos Aires
- Artículo 1. Declárase la emergencia en materia de infraestructura, hábitat, vivienda y...
- Artículo 2. Autorízase a todos los Ministerios, Secretarías y entidades autárquicas, en...
- Artículo 3. En el marco de la emergencia declarada por el Art. 1°, y durante el...
- Artículo 4. Previo a la adjudicación de los contratos y por única vez en todo el proceso...
- Artículo 5. Establécese que la excepción de la intervención obligatoria del Consejo de...
- Artículo 6. En el marco de la emergencia declarada por el Art. 1°, y durante el...
- Artículo 7. Por la emergencia declarada y durante su vigencia, facúltase a los...
- Artículo 8. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo precedente, el contrato de que...
- Artículo 9. Autorízase al Poder Ejecutivo a disponer por el plazo de un (1) año,...
- Artículo 10. Créase una Comisión Bicameral de seguimiento, fiscalización y control para...
- Artículo 11. Facúltase al Ministerio de Economía para que, en función de la emergencia...
- Artículo 12. Invítase a los Municipios, en el marco de su competencia, a adherir a la...
- Artículo 13. La presente Ley entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín...
- Artículo 14. Comuníquese al Poder Ejecutivo
Otras regulaciones
Declárase Ciudadano Ilustre Post Mortem de la provincia Julio Florencio Cortázar Suspenden por el término de dos (2) años la ejecución de sentencia de un inmueble Regulan la actividad de las personas jurídicas que comercialicen bienes de consumo a través de canales de venta directa Regulan la promoción Declaran como Monumento Histórico Provincial al edificio La PrevisiónMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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