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Declara a la Actividad Turística como prioritaria dentro de las Políticas de Estado Artículo 41 Provincia del Chubut


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Declara a la Actividad Turística como prioritaria dentro de las Políticas de Estado Chubut
Artículo 41.

Sólo las personas humanas o jurídicas inscriptas en el Registro Provincial de Prestadores de Servicios Turísticos podrán acceder a los siguientes beneficios:

a) Gozar de eventuales beneficios impositivos, créditos y regímenes de fomento a la actividad;

b) Recibir asistencia de la Autoridad de Aplicación en lo referente a la obtención de créditos, estímulos y facilidades destinados a la ampliación, instalación y mejora de los servicios que prestan o en las actividades que desarrollan actualmente o de aquellas que deseen desarrollar en un futuro;

c) Participar en acciones y eventos de promoción y difusión;

d) Obtener el asesoramiento, intervención y respaldo en las gestiones que realice la Autoridad de Aplicación ante otros organismos públicos;

e) Formar parte de los programas de capacitación o certificaciones oficiales de calidad turística que realice o en los que participe directa o indirectamente la Autoridad de Aplicación;

f) Participar con material promocional en delegaciones regionales dependientes de la Autoridad de Aplicación.

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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