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Créase en el ámbito de la Función Judicial, el Fuero Contencioso de Causas del Estado Artículo 15 Provincia de La Rioja


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Créase en el ámbito de la Función Judicial, el Fuero Contencioso de Causas del Estado La Rioja
Artículo 15.

El Administrador Judicial y sus Delegados tienen como objetivos:

a) Administrar los recursos y ejecutar el presupuesto que la ley asigne a la administración de Justicia.

b) Optimizar el funcionamiento del Area Jurisdiccional mediante eficiente apoyo del Area Administrativa, gerenciando todas las cuestiones económicas y financieras de la Función Judicial; reportando, informando y pidiendo directivas frente a las distintas políticas establecidas por el Tribunal Superior de Justicia.

c) Contribuir al perfeccionamiento, organización y participación de los integrantes de las áreas de la Administración de la Función Judicial, que se trasladarán a su competencia y dependencia y asegurar una mayor y mejor prestación del servicio de justicia.

d) Asesorar en las políticas para la ejecución de los programas estratégicos mediante un riguroso control de gestión.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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