Creación del Programa de Cuidados Paliativos (Creación del Programa de Cuidados Paliativos) Provincia de San Juan
Creación del Programa de Cuidados Paliativos Provincia de San Juan
- Artículo 1. Créase en el ámbito del Ministerio de Salud Pública, u organismo que en...
- Artículo 2. El objetivo del Programa Provincial de Cuidados Paliativos será establecer...
- Artículo 3. El Programa Provincial de Cuidados Paliativos tendrá las siguientes...
- Artículo 4. Será autoridad de aplicación de la presente Ley el Ministerio de Salud...
- Artículo 5. Comuníquese al Poder Ejecutivo
Otras regulaciones
El convenio de colaboracion , celebrado entre el ministerio de gobierno de la provincia de San Juan y el Colegio de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial Adhesión al DNU 576/2020, Titulos Uno, Dos y Tres en lo específicamente aplicable al Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio Aprobación de Convenio Marco de Adhesión al Proyecto de Protección de la Población Vulnerable Donación de un inmueble al Instituto Provincial de la Vivienda de San Juan con destino el Barrio Costal Canal II Imposición del nombre Hebe Almeida de Gargiulo a la Escuela de Educación Inicial N° 49Mejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
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GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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