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Creación del Instituto de la Mujer y la Familia Artículo 6 Provincia del Chaco


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Creación del Instituto de la Mujer y la Familia Chaco
Artículo 6. Son funciones del Directorio

a) Ejercer el gobierno y la administración del Instituto de la Mujer y la Familia la representación legal del Instituto, conforme el orden de los cargos.

b) Asistir a las reuniones de Ministros del Poder Ejecutivo en representación del Instituto.

c) Asesorar al Poder Ejecutivo en la construcción de políticas públicas para el ejercicio pleno de los derechos humanos de la mujer y la equidad de género y de los grupos vulnerables tutelados en la presente ley.

d) Celebrar contratos y convenios que resulten necesarios para el desenvolvimiento de las actividades o consecución de los fines y objetivos del Instituto.

e) Elaborar manual de misiones y funciones de la estructura jerárquica del personal del Instituto.

f) Proponer al Poder Ejecutivo el presupuesto anual del Instituto.

g) Aceptar o rechazar donaciones, legados, herencias u otros aportes.

h) Ejercer todos los demás actos necesarios para cumplir con los objetivos establecidos en la presente ley y los que se le asignen por vía reglamentaria.



Provincia del Chaco Artículo 6 Creación del Instituto de la Mujer y la Familia (I.M.FA.)
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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