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Creación del fuero penal especial juvenil y del procedimiento de responsabilidad penal juvenil Artículo 124 Provincia de Catamarca


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Creación del fuero penal especial juvenil y del procedimiento de responsabilidad penal juvenil Catamarca
Artículo 124. Formas de control y ejecución de la prohibición de visitar determinados lugares

Al imponer la sanción de prohibición de visitar determinados lugares, el juez de sentencia deberá indicar, en forma clara y precisa, cuáles lugares deberá dejar de visitar o frecuentar la persona sancionada. El juez de ejecución deberá comunicarle la prohibición al propietario, el administrador o el responsable de los locales a los que la persona sancionada tiene prohibido el ingreso. El incumplimiento de esta orden acarreará las consecuencias penales y administrativas correspondientes. Los funcionarios de Desarrollos Social encargados del seguimiento de esta sanción, se informarán con el propietario del establecimiento, los familiares de la persona sancionada o cualquier otra persona que les merezca credibilidad bajo apercibimiento de ley, sobre el cumplimiento o incumplimiento de esta sanción; eso se lo informarán al juez de ejecución, cuando sea necesario.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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