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Creación del Colegio Profesional y Ejercicio de la Psicopedagogía Artículo 16 Provincia de La Pampa


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Creación del Colegio Profesional y Ejercicio de la Psicopedagogía La Pampa
Artículo 16.

Corresponde al área diagnóstica:

a) Realizar diagnósticos evolutivos del desarrollo normal o patológico (capacidad intelectual, madurez psico-neuro-perceptivo- motriz, personalidad, estructura y roles en la familia, integración social e intereses, etc.) en todas las etapas evolutivas del ser humano;

b) Realizar diagnósticos de los aspectos preservados y perturbados del proceso de aprendizaje y pronósticos de evolución y tratamiento, sea a nivel institucional o en el marco del ejercicio privado de la profesión;

c) Realizar diagnósticos de las relaciones interpersonales en la comunidad educativa, laboral, hospitalaria, familiar u otras;

d) Realizar diagnósticos de capacidades y habilidades generales y específicas, de intereses, motivaciones y actitudes, para una mejor adecuación psicopedagógica del proceso aprendizaje-enseñanza y para orientar apropiadamente la decisión vocacional y ocupacional del educando; y e) Investigar y diagnosticar las necesidades psicopedagógicas de la institución educativa a fin de asesorar a los responsables de la conducción respecto de las estrategias que satisfagan las necesidades evidenciadas; y desarrollar similares tareas en toda otra institución (hospitalaria, de minoridad,laboral, de ancianidad, etc.) que requiera este servicio.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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