Creación del área de Bibliotecas Populares en el ámbito de la Subsecretaría de Cultura Artículo 13 Provincia del Neuquén
Creación del área de Bibliotecas Populares en el ámbito de la Subsecretaría de Cultura Neuquén
Artículo 13.
El Fondo Especial para Bibliotecas Populares se compone de:
a) Herencias, legados, donaciones y liberalidades que se reciban de personas o instituciones privadas.
b) Todo otro aporte que establezca la reglamentación, la que, asimismo, debe determinar el modo de otorgamiento.
Provincia del Neuquén Artículo 13 Creación del área de Bibliotecas Populares en el ámbito de la Subsecretaría de Cultura, dependiente del Ministerio de Gobierno y Justicia
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GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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