Creación de la Sociedad Terminal de Omnibus Córdoba Sociedad del Estado (Creación de la Sociedad Terminal de Omnibus Córdoba Sociedad del Estado) Provincia de Córdoba
Creación de la Sociedad Terminal de Omnibus Córdoba Sociedad del Estado Provincia de Córdoba
- ANEXO I.- ESTATUTO SOCIAL DE "TERMINAL DE ÓMNIBUS CÓRDOBA SOCIEDAD DEL ESTADO"
TÍTULO I.- DENOMINACIÓN - RÉGIMEN LEGAL - DOMICILIO - DURACIÓN - Artículo 1. La sociedad se denomina "TERMINAL DE ÓMNIBUS CÓRDOBA SOCIEDAD DEL ESTADO", en...
- TÍTULO II.- OBJETO
- Artículo 2. La Sociedad tiene por objeto la administración, gestión, explotación...
- Artículo 3. Para cumplir su objeto La Sociedad podrá realizar todos los actos jurídicos...
- TÍTULO III.- CAPITAL
- Artículo 4. El capital social de La Sociedad se fija en la suma de PESOS UN MILLÓN ($...
- TÍTULO IV.- DIRECCIÓN Y ADMINISTRACIÓN
- Artículo 5. La dirección y administración de La Sociedad estará a cargo de un Directorio...
- Artículo 6. Los Directores responden solidaria e ilimitadamente ante La Sociedad y ante...
- Artículo 7. Todos los integrantes del Directorio deben garantizar el buen cumplimiento de...
- Artículo 8. El Directorio dictará un reglamento interno que fije las pautas para su...
- Artículo 9. El Directorio de La Sociedad tiene las facultades necesarias para dictar...
- Artículo 10. El Presidente tiene por funciones: a) Representar legalmente a La...
- Artículo 11. Las remuneraciones de los miembros del Directorio se fijarán por Asamblea, de...
- TÍTULO V.- FISCALIZACIÓN
- Artículo 12. El Poder Ejecutivo Provincial designará un (1) Síndico titular y uno (1)...
- Artículo 13. Compete al Síndico ejercer las atribuciones y responsabilidades normadas por...
- TÍTULO VI.- ASAMBLEAS
- Artículo 14. Las asambleas son ordinarias o extraordinarias en razón de los asuntos que...
- TÍTULO VII.- BALANCE Y CUENTAS
- Artículo 15. El ejercicio económico financiero de La Sociedad comienza el 1 de enero y...
- Artículo 16. Los estados contables se confeccionarán a la fecha de cierre del ejercicio...
- TÍTULO VIII.- LIQUIDACIÓN
- Artículo 17. La Sociedad no puede ser declarada en quiebra y su liquidación sólo puede...
Otras regulaciones
Modifican el Radio Comunal de la localidad de Charbonier Tribunal de Cuentas Declárase Capital Provincial del Arte Urbano Actualizan el Radio Municipal de la ciudad de Villa Rossi Creación del Camino de la Producción Serrana de Paravachasca como Producto Turístico Histórico CulturalMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
Publique la información de sí mismo
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